Tienes un hijo mayor de 18 años que vive contigo, se ha dado de alta como autónomo hace poco y ha tenido que hacer la declaración de la renta con unos ingresos muy bajos. Y ahora la duda te carcome: ¿puedes seguir aplicando el mínimo por descendiente o lo pierdes porque él también declara? Es una pregunta muy habitual y la respuesta no es un simple sí o no, así que vamos a desmenuzarla con calma.
¿Qué es el mínimo por descendiente y para qué sirve?
El mínimo por descendiente es una cantidad que la ley del IRPF te permite “descontar” de la base sobre la que calculas tus impuestos. En la práctica, reduce lo que pagas en tu declaración de la renta por tener hijos o descendientes a tu cargo.
La cantidad exacta depende de cuántos descendientes tengas:
- 2.400 euros anuales por el primero.
- 2.700 euros anuales por el segundo.
- 4.000 euros anuales por el tercero.
4.500 euros anuales por el cuarto y siguientes.
Si el descendiente es menor de tres años, estos importes se incrementan adicionalmente. Estas cifras están recogidas en el artículo 58 de la Ley del IRPF.
¿Cuándo tienes derecho a aplicarlo?
Para poder aplicar el mínimo por descendiente, tienen que cumplirse una serie de condiciones que marca la ley. Básicamente, tu hijo o descendiente debe:
- Ser menor de 25 años (o tener discapacidad, en cuyo caso no hay límite de edad).
- Convivir contigo o depender económicamente de ti.
- No tener rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.
Hasta aquí, bastante claro. Pero hay un segundo filtro que es el que genera más confusión cuando el hijo también presenta declaración.
El punto clave: ¿qué pasa si el hijo presenta su propia declaración?
Aquí está el quid de la cuestión. El artículo 61.2ª de la Ley del IRPF establece que no podrás aplicar el mínimo por descendiente si tu hijo presenta declaración con rentas superiores a 1.800 euros.
Fíjate bien: el límite no son los 8.000 euros del punto anterior, sino 1.800 euros. Son dos condiciones distintas y ambas tienen que cumplirse.
Entonces, ¿qué ocurre si tu hijo declara pero sus rentas están por debajo de 1.800 euros? Pues que sí puedes aplicar el mínimo. La ley solo prohíbe hacerlo cuando las rentas declaradas superan ese umbral de 1.800 euros.
Ejemplo práctico
Un matrimonio tiene un hijo de 23 años que vive con ellos. En noviembre de 2025, el hijo se da de alta como autónomo. Durante ese año, sus ingresos como autónomo ascienden a 525 euros, que al estar obligado a hacerla, declara en su declaración de la renta.
¿Pueden los padres aplicar el mínimo por descendiente por este hijo?
Sí pueden. El hijo convive con ellos, tiene menos de 25 años, sus rentas anuales no superan los 8.000 euros y, aunque presenta declaración, sus rentas son de 525 euros, muy por debajo del límite de 1.800 euros. Se cumplen todos los requisitos legales, así que los padres tienen derecho a aplicar el mínimo por descendiente.
Consejos prácticos
- No des por perdido el mínimo automáticamente porque tu hijo haga la declaración. Lo que importa es el importe de sus rentas, no el hecho de declarar en sí.
- Revisa las rentas reales de tu hijo cada año. Si en un ejercicio sus ingresos crecen y superan los 1.800 euros, la situación cambia.
- Comprueba también el límite de los 8.000 euros: aunque supere los 1.800 euros declarados, si supera los 8.000 euros de renta anual, tampoco podrías aplicar el mínimo.
- Ten en cuenta la convivencia o dependencia económica. Si el hijo no vive contigo pero depende económicamente de ti, también puede considerarse que se cumple el requisito, salvo excepciones legales concretas.
- Guarda documentación que acredite la convivencia y la situación económica de tu hijo, por si Hacienda lo solicita.
Conclusión
Que tu hijo mayor de 18 años presente su propia declaración de la renta no significa automáticamente que pierdas el mínimo por descendiente. La clave está en el importe de sus rentas: si no superan los 1.800 euros, puedes seguir aplicándolo siempre que se cumplan el resto de condiciones. La normativa es clara, pero los detalles importan, y un pequeño descuido puede hacerte perder una deducción a la que tienes derecho o, al contrario, aplicarte una que no te corresponde.
Resumen rápido
- El mínimo por descendiente reduce la base imponible de tu IRPF si tienes hijos o descendientes a cargo.
- Se aplica a descendientes menores de 25 años (o con discapacidad) que convivan contigo o dependan económicamente de ti.
- Sus rentas anuales no pueden superar los 8.000 euros.
- Si el hijo presenta declaración, el límite relevante es 1.800 euros: por encima, los padres pierden el mínimo; por debajo, lo conservan.
- En el ejemplo del artículo (525 euros de renta), los padres sí pueden aplicar el mínimo por descendiente.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué ocurre si mi hijo trabaja por cuenta ajena y también tiene rentas por debajo de 1.800 euros?
El tipo de renta (trabajo por cuenta ajena, actividad económica como autónomo, etc.) no cambia la regla. Lo que importa es el importe total de las rentas, excluidas las exentas. Si no supera los 1.800 euros y se cumplen los demás requisitos, puedes aplicar el mínimo.
¿El límite de 1.800 euros incluye las rentas exentas?
No. Tanto el límite de 8.000 euros como el de 1.800 euros se calculan sobre rentas que no sean exentas. Las rentas exentas no cuentan para este cálculo. Si tienes dudas sobre qué rentas son exentas en el caso concreto de tu hijo, lo mejor es consultarlo con un asesor.
¿Y si mi hijo vive en otro domicilio pero le pago todos los gastos?
La ley contempla que la dependencia económica respecto al contribuyente se asimila a la convivencia, aunque con matices y excepciones. Es un punto que conviene analizar caso a caso, porque depende de las circunstancias concretas.
¿Puedo aplicar el mínimo por descendiente aunque mi hijo haya estado de alta como autónomo solo unos meses?
Lo que determina el derecho al mínimo son las rentas obtenidas durante todo el ejercicio fiscal, no el tiempo que haya estado de alta. Si al cierre del año sus rentas totales no superan los límites mencionados y se cumplen los demás requisitos, el tiempo que haya estado dado de alta no es el factor determinante.
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