Facturar servicios de arquitectura a empresas de Portugal puede generar muchas dudas, especialmente en lo relativo al IVA, la inscripción en el ROI y las obligaciones formales. Si eres arquitecto autónomo o gestionas un pequeño estudio, es fundamental entender cómo aplicar correctamente la normativa para evitar errores fiscales y sanciones.

En este artículo te explicamos, de forma clara y práctica, cómo debes proceder al facturar servicios de arquitectura a empresas portuguesas. Analizaremos los diferentes escenarios según el tipo de servicio, la localización del inmueble y los requisitos legales que debes cumplir. Así podrás emitir tus facturas correctamente y cumplir con Hacienda sin sorpresas.

Si prestas servicios como la certificación energética o informes técnicos a clientes de Portugal, aquí encontrarás una guía completa para resolver todas tus dudas sobre IVA, ROI y facturación internacional.

Normativa aplicable: ¿Dónde se localiza el servicio a efectos de IVA?

La localización del servicio es la clave para saber si debes aplicar IVA español o no al facturar a empresas de Portugal. La Ley del IVA (Ley 37/1992) establece reglas diferentes según el tipo de servicio:

  • Servicios relacionados con bienes inmuebles: como la certificación energética, se localizan donde está situado el inmueble, sin importar dónde esté el cliente.
  • Servicios no relacionados con inmuebles: como consultoría o informes generales, se aplica la regla general B2B (empresa a empresa), localizándose en el país del destinatario.

Identificar correctamente el tipo de servicio y la localización del inmueble es fundamental para evitar errores en la factura y posibles sanciones.

Requisitos y condiciones: ¿Cuándo se aplica cada regla?

Dependiendo del tipo de servicio y la ubicación del inmueble, tus obligaciones fiscales cambian. Veamos los tres escenarios más habituales:

  • Servicios sobre inmuebles en España: Por ejemplo, un certificado energético de una vivienda en España para una empresa portuguesa. Según el artículo 70.Uno.1º de la Ley del IVA, el servicio se considera prestado en España y debes facturar con IVA español. No es necesario darse de alta en el ROI.
  • Servicios no relacionados con inmuebles: Por ejemplo, un informe de consultoría general para una empresa portuguesa. Según el artículo 69.Uno.1º de la Ley del IVA, el servicio se localiza en Portugal y debes emitir factura sin IVA español. En este caso, sí es obligatorio inscribirse en el ROI y declarar la operación en el modelo 349.
  • Servicios sobre inmuebles en Portugal: Por ejemplo, un certificado energético de un inmueble en Lisboa. El servicio se localiza en Portugal y debes emitir factura sin IVA español. No es necesario inscribirse en el ROI solo por este motivo.

La correcta aplicación de estas reglas es esencial para cumplir con la normativa y evitar problemas con la Agencia Tributaria.

Situaciones que pueden generar errores fiscales

Existen varios errores frecuentes que pueden tener consecuencias negativas para tu negocio:

  • Aplicar mal la localización: Facturar sin IVA un certificado energético de un inmueble en España a una empresa portuguesa es un error común que puede derivar en sanciones fiscales.
  • No inscribirse en el ROI cuando es obligatorio: Si prestas servicios generales (no inmobiliarios) a empresas de la UE y no te das de alta en el ROI, puedes tener problemas en caso de inspección.
  • No declarar en el modelo 349: Todas las prestaciones intracomunitarias de servicios deben declararse correctamente en este modelo.

Evitar estos errores es clave para mantener tu negocio en regla y evitar sanciones económicas.

Ejemplo práctico

Veamos tres casos reales para entender cómo aplicar la normativa:

  • Ejemplo 1: Un arquitecto de Zaragoza realiza un certificado energético de un piso en Teruel para una empresa portuguesa. Debe facturar con IVA español (21%) y no es necesario inscribirse en el ROI.
  • Ejemplo 2: El mismo arquitecto realiza un informe de consultoría sobre eficiencia energética, sin referencia a un inmueble concreto, para una empresa portuguesa. Debe facturar sin IVA español, indicando “operación no sujeta en el TAI por art. 69.Uno.1º LIVA”, inscribirse en el ROI y declarar la operación en el modelo 349.
  • Ejemplo 3: El arquitecto viaja a Portugal para certificar un inmueble en Oporto. Debe facturar sin IVA español y no es necesario inscribirse en el ROI solo por este motivo.

Consejos prácticos para autónomos y empresas

  1. Identifica siempre el tipo de servicio y el lugar del inmueble antes de emitir la factura para aplicar correctamente la normativa del IVA.
  2. Consulta el NIF-IVA del cliente si vas a prestar servicios generales a empresas de la Unión Europea.
  3. Incluye la referencia legal en la factura (por ejemplo, “operación no sujeta en el TAI por art. 69.Uno.1º LIVA”) cuando corresponda.
  4. Inscríbete en el ROI si vas a realizar prestaciones intracomunitarias de servicios no inmobiliarios.
  5. Declara correctamente en el modelo 349 todas las operaciones intracomunitarias de servicios.
  6. Guarda documentación justificativa de la localización del inmueble y del tipo de servicio prestado para posibles inspecciones.

Conclusión

La fiscalidad de los servicios de arquitectura a empresas de Portugal depende principalmente de la localización del inmueble y del tipo de servicio que prestes. Aplicar correctamente las reglas de localización del IVA y cumplir con las obligaciones formales (ROI, modelo 349) es fundamental para evitar errores y sanciones.

Si tienes dudas, lo más recomendable es consultar siempre con tu asesor fiscal para asegurarte de que cumples con la normativa y evitar problemas con Hacienda.

Resumen rápido: Facturación internacional de servicios de arquitectura

  • Certificados energéticos de inmuebles en España: factura con IVA español, sin necesidad de ROI.
  • Servicios generales a empresas de la UE: factura sin IVA, inscríbete en el ROI y declara en el modelo 349.
  • Servicios sobre inmuebles en el extranjero: factura sin IVA español, sigue la normativa del país donde está el inmueble.
  • No olvides identificar correctamente el tipo de servicio y la localización.
  • Consulta siempre la normativa y guarda la documentación.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Debo darme de alta en el ROI si solo hago certificados energéticos de inmuebles en España para empresas de Portugal?

No, no es necesario. Solo debes darte de alta en el ROI si prestas servicios no relacionados con inmuebles a empresas de la UE.

¿Qué ocurre si facturo sin IVA un servicio inmobiliario sobre un inmueble en España a una empresa extranjera?

Estarías cometiendo un error fiscal. Los servicios inmobiliarios sobre inmuebles en España siempre llevan IVA español, aunque el cliente sea extranjero.

¿Qué debo hacer si presto servicios de consultoría general a empresas de la UE?

Debes darte de alta en el ROI, emitir factura sin IVA español y declarar la operación en el modelo 349.